amaliagallegoguilloto 20 mayo, 2015 a las 13:18 #52612
Revisando la “Guia para superar con éxito la auditoria de prevención de riesgos laborales” (https://prevencionarnueva.fm360.es/media/2014/12/Guia_superar_auditoria_PRL.pdf), en las páginas 10-11 me surge una gran duda. Copio el texto:
“Si la empresa no desarrolla toda la actividad preventiva a través de servicios de prevención ajenos realizará parte de dicha actividad preventiva con recursos propios. La parte que realiza con recursos propios es la que estará sometida a auditoría. Se consideran recursos propios los siguientes:
1. Que el empresario haya asumido personalmente la actividad preventiva de la empresa (opción válida para empresas de 6 o menos trabajadores).
2. Se haya designado uno o varios trabajadores para ocuparse de la actividad preventiva.
En los dos casos anteriores, las empresas pueden verse exoneradas de realizar la auditoría si se cumplen las siguientes condiciones:
a. Sus actividades no están incluidas dentro del Anexo I del Reglamento de los Servicios de Prevención (actividades de especial peligrosidad).
b. Realizan una notificación a la Autoridad Laboral con la información precisa y conforme al modelo establecido al efecto.
3. Se haya constituido un servicio de prevención propio.
4. La empresa esté adscrita o forme parte de un servicio de prevención mancomunado
¿Debo entender entonces que una pyme de menos de 6 trabajadores, que no está incluida en el Anexo I, que contrata a un TS PRL en las 3 especialidades para realizar su plan de prevención, debe pasar la Auditoría Reglamentaria cada cuatro años?, ¿O puede verse exonerado si realiza la notificación a la Autoridad Laboral sobre concurrencia de condiciones que no hacen necesario recurrir a la auditoria?, ¿Existe alguna periodicidad de envío para dicha notificación?
Es que da la impresión de afectar únicamente a los dos primero supuestos.