Andreu Sánchez García 24 enero, 2013 a las 14:27 #42483
Las infracciones administrativas en PRL prescriben al año las leves, a los tres años las graves y a los cinco años las muy graves, contados desde la fecha de la infracción.
(Art. 4.3 RDL 5/2000, trLISOS)
Puedes ampliar información en el apartado Responsabilidad Administrativa PRL de http://www.aspectosjuridicosprl.blogspot.com