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Legislación y Jurisprudencia


  • mandarina82
    Participante
    mandarina82

    Buenas tardes,

    Me gustaría pedir ayuda con un tema que no consigo aclarar.
    Una vez que se realiza una Inspección de trabajo en la empresa los resultados de ésta se comunican al empresario y los delegados de prevención.
    Mi pregunta es: ¿pueden o deben los delegados de prevención comunicárselos a todos los trabajadores de la empresa? ¿en qué Ley/RD… puedo apoyarme para dar respuesta?

    Muchas gracias!


    alme@cop.es
    Participante
    alme@cop.es

    Hola buenas tardes:
    Las actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo desarrolladas pro la ITSS, afectan a todo el personal al que un delegado representa. Así, al igual que un político debe dar cuenta a su electorado de las consecuencias de sus gestiones, el delegado debería llevar a cabo un proceso de comunicación ante la plantilla.
    Sin embargo, contemplando que la Ley 31/1995, (Capítulo V) regula el marco de participación y relaciones dirección / trabajadores en materia preventiva, el paritario comité de seguridad y salud, debería ser el encargado, de forma conjunta, de dar a conocer los asuntos relevantes, incluidos los derivados de las actuaciones inspectoras.
    Un saludo.

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