Alfonso Cortés 4 noviembre, 2013 a las 19:03 #43054
Me temo que como Técnico de Prevención, hasta la fecha no puedes ejercer si no es bajo el paraguas de un Servicio de Prevención, Propio o Ajeno, o como Trabajador Designado, si te contratan y te designan como tal adelante, si no como ente externo (seas autónomo o sociedad) sin la acreditación de SPA ejercer como Técnico de Prevención es legalmente imposible.
Hacer tareas relacionadas con la prevención sin disponer de acreditación podría ser posible legalmente, pero estarías navegando siempre muy cerca de la ilegalidad a riesgo de asumir responsabilidades muy importantes. Por ejemplo ¿podrías redactar un plan de montaje, desmontaje y mantenimiento de un andamio? Si, pero no en calidad de técnico de prevención, sería en calidad de Ingeniero, o Ingeniero Técnico o Arquitecto o Arquitecto Técnico ¿lo eres?.
Como ves la pregunta que haces es sencilla y la respuesta legalmente es compleja, aunque la razón nos deje perplejos ante esta situación, pero la normativa es la que es.