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Respuestas de foro creadas

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Prodity, patrocinador PLATA del V Congreso Internacional Prevencionar


  • alme@cop.es
    Participante
    alme@cop.es

    Hola buenas:

    Tan sólo una aportación para ayudar a matizar la cuestión, desde un punto de vista extremadamente formal.

    Si una inspección se considera como una parte de los procedimientos de la evaluación (evaluación periódica), se deberían respetar los principios de actuación de ésta, y por lo tanto las normas UNE en general y la norma UNE-EN 15635 en particular, incluidas, como es bien sabido, en el apartado 3.a, del artículo 5 del RD 39/1997, no deberían soslayarse.

    Un saludo


    alme@cop.es
    Participante
    alme@cop.es

    Hola buenas tardes:
    Las actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo desarrolladas pro la ITSS, afectan a todo el personal al que un delegado representa. Así, al igual que un político debe dar cuenta a su electorado de las consecuencias de sus gestiones, el delegado debería llevar a cabo un proceso de comunicación ante la plantilla.
    Sin embargo, contemplando que la Ley 31/1995, (Capítulo V) regula el marco de participación y relaciones dirección / trabajadores en materia preventiva, el paritario comité de seguridad y salud, debería ser el encargado, de forma conjunta, de dar a conocer los asuntos relevantes, incluidos los derivados de las actuaciones inspectoras.
    Un saludo.

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